Personalización máxima
Redactamos cada acta conforme a la realidad específica tanto de los hijos, como de los padres, de sus condiciones laborales, domésticas, etc…
Por ejemplo: tenemos acuerdos de mediación aprobados por los Tribunales de Familia que incluyen fondos de inversiones para costear la educación de los hijos; regulación de pagos de créditos de consumo obtenidos durante la vida en común de los padres; repactación y/o condonación total o parcial de deuda de Pensión de Alimentos; Pensiones de Alimentos constituidas sólo por pagos directos; regulación de requerimiento de cuidados y costos asociados a las mascotas de los hijos, regulación de “mesadas” aparte de la Pensión de Alimentos; regulación de uso del auto familiar de propiedad común, Cambio de Titularidad de las Pensiones de Alimentos cuando el hijo pasa a ser mayor de edad, Diferentes porcentajes a asumir madre y padre en relación a diferentes tipos de gastos extraordinarios, regulación de Compensación Económica;… etc.
En relación a las Visitas, (concepto que actualmente se denomina “Relación Directa y Regular”), hemos desarrollados los más variados regímenes según la realidad de cada sistema familiar, incluyendo algunos con diferentes etapas progresivas, para ayudar a los hijos a una adaptación paulatina al nuevo sistema de vida, luego de la separación de los padres, otros sistemas muy flexibles, conforme a naturaleza del trabajo del padre o la madre; Cuidado Personal Compartido…